ACTOS DE DISPOSICIÓN DE BIEN INMUEBLE CON PODER.

Si necesitas comprar, vender, hipotecar o gravar un bien inmueble y no tienes el tiempo necesario para hacerlo o por las condiciones en la que te encuentras no tienes las posibilidades. En estos casos puedes encargar a un tercero para que realice dichos actos en tu representación.
Ahora, por el tipo de acto jurídico en la cual se involucra actos de disposición de un bien inmueble, según el artículo 156 del Código Civil, se requiere que el encargo de representación (poder) tenga la formalidad de escritura pública, la cual debe estar inscrita en la Oficina Registral de los Registros Públicos del lugar donde se ubica el inmueble materia de disposición.
Dependiendo de las condiciones en la que se entrega el bien al apoderado y de los documentos o requisitos exigidos de acuerdo  al acto de disposición del mismo. A continuación se detalla algunos puntos a tomar en cuenta en el poder:
1.- Si el poderdante (propietario), tiene más de un bien inmueble y solo quiere disponer de uno de ellos. Se recomienda que el poder sea específico,  describiendo el bien que será materia de disposición. Con la finalidad de evitar perjudicar el patrimonio del poderdante.
2.- Tomando en cuenta de los requisitos que se deben cumplir; por ejemplo en el caso de la venta de inmueble y de su valor de venta (impuesto predial, alcabala, renta). Es pertinente que el poder tenga atribuciones para realizar trámites administrativos en instituciones públicas como el SAT, Municipalidades, Sunarp, etc (rectificar datos en los autovaluos, solicitar constancias de no adeudos de impuestos, presentar o firmar minutas, escrituras públicas, aclaraciones, declaraciones juradas, exoneraciones, inafectaciones, etc).
3.- Asimismo, es importante que el poder señale atribuciones para firmar minutas, escrituras públicas, escrituras de aclaraciones o de subsanación, en caso se requiera levantar observaciones que requieran dichas formalidades.
4.- En caso el inmueble requiera los actos previos del saneamiento físico y legal, el poder tendrá que especificar todas las atribuciones necesarias para dicho fin.

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